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Un presidente desconcertante



Los días previos a la publicación del fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, debieron ser menos inquietos. Pero, alguna desconocida razón indujo al Presidente de la República a considerar que era el momento para plantear el necesario debate en torno a la concentración de medios de comunicación.
Como se esperaba, la opinión presidencial galvanizó a la derecha peruana alrededor de El Comercio y, como es su costumbre cuando siente que amenazan sus particulares intereses, organizó una campaña de demolición contra los supuestos «afanes chavistas» que sobreviven –según su conveniente fantasía– en el Ejecutivo.
Pero así como la derecha más reaccionaria se agregó inmediatamente, la opinión contraria también se manifestó rápidamente aunque –y ese es el detalle– sin buscar alinearse políticamente con el gobierno. Más bien, pareciera que hace esfuerzos para desmarcarse de cualquier sospecha de oficialismo y en ese intento aparece disgregada, resaltando a las individualidades en desmedro de un conjunto aún indefinible.
De esta manera, el monopolio como práctica legal del neoliberalismo a la peruana y otras cuestiones que interrogan la esencia democrática del sistema que venimos construyendo en el país, se ponen en consideración, sin que aparezca siquiera tenuemente la intervención de una izquierda política que debió ser un actor importante en este y otros amagos de debate que han ido surgiendo durante los últimos tiempos, en tanto el modelo muestra síntomas de agotamiento cada vez más claros.
Días después otra sorpresa fue disparada desde el Ejecutivo, sin que tampoco haya quedado claro su objetivo. La Ley 30151, modificatoria del inciso 11 del Art. 20 del Código Penal, sobre impunidad fue considerada por algunos abogados como «innecesaria» porque la materia que legislaba estaba meridianamente clara en otros instrumentos normativos.  
Sin embargo, un análisis menos jurídico y más político de la norma revelará otras aristas. Por ejemplo, ¿porqué se ha eliminado la frase «uso reglamentario de sus armas» de la redacción original? Argumentar que así se sincera el generalizado uso de otras armas, de propiedad de los agentes policiales, no toma en cuenta que el intento de controlar una situación abre la compuerta para otros escenarios contrarios a la protección de derechos como, por ejemplo, dejar de lado cualquier consideración al principio de la proporcionalidad, algo que ya había sido materia de duras críticas y observaciones cuando se dio el Decreto Legislativo 1095.
Un siguiente aspecto es preguntarnos sobre la referencia que la norma reformada hace a las Fuerzas Armadas. Debemos recordar que el numeral 11 del Art. 20 fue agregado al Código Penal por el Artículo 1 del Decreto Legislativo 982, publicado el 22 de julio 2007, el que a su vez concordaba con el referido Decreto Legislativo 1095, Art. 30 (que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional).
En su momento, la mención a las Fuerzas Armadas fue muy criticada porque se suponía que la reglamentación del uso de la fuerza estaba referida a situaciones de seguridad pública, pero el DL 1095 militarizaba la represión de las protestas sociales, involucrando a las fuerzas armadas en los conflictos sociales, cuando esta no es su tarea.
Más aun, el DL 1095 establecía una definición de grupo hostil laxa y equívoca que podía conducir a situaciones de las que podríamos lamentarnos, pues allí podía encajar incluso un grupo de pobladores que estuvieran movilizándose pacíficamente. Sumado a ello, según el DL 1095 si los efectivos de las Fuerzas Armadas cometen excesos en su intervención, serán juzgados por el fuero militar.
Un tercer punto es que la Ley 30151 no haya sido rubricada por los ministros responsables –Interior y Defensa–. En ese sentido, debemos considerar incluso que el ministro Albán declaró abiertamente su oposición a la misma.
En suma, si la idea era –como sugieren algunos analistas– congraciarse con una policía en vísperas de llevar a cabo una huelga institucional por los sucesivos incumplimientos a sus requerimientos, peor no pudo ser el resultado. El gobierno no desviste un santo para vestir a otro. Los desviste a todos: no garantiza a la policía el derecho a un salario digno y termina dañando ostensiblemente las garantías a los derechos de todos los peruanos.   


 desco Opina / 17 de enero de 2014
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